Choferes expresan satisfacción por sentencia TC que ordena al INTRANT renovación flota vehícular
Por Manuel Curiel.
Rep. Dom. -El Tribunal Constitucional acogió, mediante sentencia, un recurso de revisión de amparo de cumplimiento interpuesto por la Federación Nacional de Trabajadores del Transporte Social Cristiana (FENATTRANSC), y de inmediato el Secretario General de la entidad de choferes, licenciado Mario Diaz, valoro como “positivo y justo” el fallo emitido por el alto tribunal, en virtud de que la disposición va a facilitar la sustitución de miles de carros chatarras que operan en el concho.
El Secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores del Transporte Social Cristiana (FENATTRANSC), licenciado. Mario Díaz, dijo que con el fallo emitido el pasado viernes por el Tribunal Constitucional (TC), mediante el cual se ordena al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) proceder con programa de renovación vehicular del transporte de pasajeros y cargas utilizando los recursos establecidos en el artículo 20 de la ley 253-12 modificado por la ley 63-17, que dispone la creación de un fondo para esos fines, se resolverá de manera definitiva el problema del tránsito en el Gran Santo Domingo y el Distrito Nacional.
Asimismo, el dirigente choferil apunta que el TC revocó la sentencia número 0030-2017-SSEN-00074, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), y declaró que procede la acción de amparo de cumplimiento interpuesta por la FENATTRANSC.
Mario Díaz dijo que la clase choferil del país siente un gran optimismo con la decisión del Tribunal Constitucional, el cual acogió un Recurso de Revisión de Amparo de Cumplimiento, interpuesto por esa Federación Nacional de Trabajadores del Transporte Social Cristiana (FENATTRANSC), que agrupa a varios sindicatos de choferes que operan en la diferentes rutas del Gran Santo Domingo y otras localidades del país.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) proceder al diseño y regulación del programa de renovación vehicular del transporte de pasajeros y cargas y cumplir con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, del 14 de febrero del 2017, que dispone la creación de un fondo especial para esos fines.
Diaz señaló que tanto el artículo 20 de la ley 253-12 como el artículo 20 de la ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establecen que la recaudación estimada por concepto del 25% del impuesto de los dos pesos al Gasoil y la Gasolina Premium, será asignada al Presupuesto General del Estado, a favor de un Fondo Especial para la Renovación Vehicular del Transporte de Pasajeros y Cargas, cuyo parque se encuentra totalmente convertido en chatarra por sus largos años de operación.
Expresó que esos fondos están depositados en la Tesorería Nacional y que el monto de los recursos recaudados ascienden a casi diez mil millones de pesos, dinero que deberá ser utilizado exclusivamente para financiar el programa de renovación vehicular del transporte de pasajeros y cargas, cuyo diseño y regulación estará a cargo del INTRANT, de conformidad con la citada la ley y la decisión del Tribunal Constitucional.
El artículo 20 de la ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que la recaudación estimada por concepto del 25% del impuesto definido en el párrafo III del artículo 20 de la Ley 253-12, para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, será asignada durante 10 años al Presupuesto General del Estado, a favor de un Fondo Especial para la Renovación Vehicular del Transporte de Pasajeros y Cargas en la Tesorería Nacional.
Señala que podrán constituirse instrumentos financieros con los recursos del fondo especial, con capacidad de emisión de valores respaldados en fideicomiso de oferta pública para dotar al INTRANT de una mayor agilidad y eficiencia financiera en el manejo. Precisa que esos recursos serán utilizados exclusivamente para el programa de renovación vehicular del transporte de pasajeros y cargas, cuyo diseño y regulación estará a cargo del INTRANT.
La ley 253-12, del 13 de noviembre de 2012, dispone, en el artículo 20, que con el objetivo de promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular de transporte público de pasajeros y de carga se establece un impuesto adicional de RD$2.00 por galón al consumo de Gasolina y Gasoil Premium.
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