Uno de nueve magistrados del Tribunal Constitucional presentó un voto salvado en la sentencia que declaró inconstitucional la Resolución 14-2022, que regula el trabajo doméstico en el país, por entender que procedía dictar una sentencia exhortativa.
De acuerdo con la sentencia íntegra TC/0402/23, publicada el 28 de junio pasado en la página web del tribunal, el voto salvado fue el del magistrado Lino Vásquez Sámuel. Aunque el juez se identifica con el razonamiento mayoritario del fallo, considera que el tribunal debió dictar una sentencia exhortativa que le otorgara un plazo razonable al Congreso Nacional para que modifique y adecúe las disposiciones del Código de Trabajo relativas al oficio doméstico.
“Y para que previera -agrega-, en dicho plazo de entrada en vigencia de la inconstitucionalidad decretada, que los efectos de la contratación de trabajadoras y trabajadores domésticos al amparo de la citada resolución no queden en un limbo jurídico o de invalidez total debido a la anulación con efectos inmediatos”.
Observa que, si bien, hasta la fecha de la sentencia el número de contratos de trabajo doméstico registrados en el Ministerio de Trabajo era limitado, la “decisión permea e irradia su eficacia”.
El Tribunal Constitucional acogió una acción de inconstitucionalidad presentada por Luis Vilchez Bournigal en diciembre de 2022, contra la resolución emitida en agosto de ese mismo año por el Ministerio de Trabajo, que regula por primera vez el trabajo doméstico en el país mediante el establecimiento de contratos, jornadas, salarios, vacaciones e ingreso a la Seguridad Social, entre otros puntos que habían sido reclamados por años por los sindicatos.
Sin embargo, a pesar de que ya estaba en vigencia y respaldaba un registro en curso de trabajadores con fines de la Seguridad Social, el tribunal declaró dicha resolución “no conforme con la Constitución”.