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Endurecerán multas a empresas que cometan infracciones laborales

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El 10 de octubre, se presentó en el Senado de la República un proyecto de ley para la modernización y actualización del Código de Trabajo, el cual amplía las sanciones para los empleadores que cometen infracciones laborales en contra de los trabajadores.

Actualmente, el Código establece que las infracciones leves son sancionadas con multas de uno a tres salarios mínimos. La nueva propuesta eleva estas multas a un rango de dos a seis salarios mínimos, basado en el nivel más alto de la resolución vigente para el sector privado no sectorizado.

En cuanto a las infracciones graves, que en la actualidad se penalizan con multas de tres a seis salarios mínimos, el proyecto propone un aumento a multas de siete a 12 salarios mínimos.

Por otro lado, las faltas muy graves, que actualmente conllevan multas de siete a 12 salarios mínimos, se incrementarían a un rango de 13 a 24 salarios mínimos.

Con el proyecto se busca modificar el artículo 720 para que las infracciones laborales sujetas a sanciones penales se tipifiquen y se sancionen individualmente, tanto por el tipo de infracción como por cada trabajador afectado, acumulativamente.

Sanciones específicas

Multas de dos a seis salarios mínimos: Se impondrán a los empleadores que no cumplan con las obligaciones de información y actualización de datos de su personal ante el Ministerio de Trabajo, según los artículos 159 y 160 del Código de Trabajo y su reglamento de aplicación.

Multas de siete a 12 salarios mínimos: Se aplicarán a empleadores que incumplan con el pago de salarios, salvo que el contrato de trabajo esté suspendido.

También se sancionará a aquellos que paguen menos del salario mínimo establecido por el Comité Nacional de Salarios, reduzcan el salario de sus trabajadores, incumplan con el pago de horas extraordinarias, o violen el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, siempre que no pongan en peligro la vida o salud de los empleados.

Asimismo, se multará a quienes obstruyan la labor de los inspectores de trabajo.

Multas de 13 a 24 salarios mínimos: Se aplicarán a empleadores que infrinjan normas laborales relacionadas con la protección de la maternidad, contraten a menores de edad en contravención de la normativa laboral, empleen a trabajadores extranjeros por encima de la cuota legal, o incumplan con las obligaciones de inscripción y pago al Sistema Dominicano de Seguridad Social.

También se sancionarán las acciones que comprometan la seguridad, salud e higiene en el trabajo, así como prácticas desleales contrarias a la libertad sindical. En caso de reincidencia, se incrementará el monto de la multa en un 100 %.

Las autoridades

Para las autoridades, este proyecto de ley representa un paso significativo hacia la protección de los derechos laborales y el fortalecimiento de la regulación en el sector. Se espera que su aprobación contribuya a un entorno laboral más justo y equitativo.

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