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Anulan extinción del caso Los Tres Brazos

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La Corte de Apelación presidida por el juez Daniel Nolasco, e integrada por July Tamariz y Mariana Daneira García, tomó la decisión de declarar la extinción de la acción penal.

 

 

Mientras la Suprema Corte de Justicia se encuentra pendiente de fallar un recurso de casación contra un auto de no ha lugar en favor de varios de los implicados de la venta del sector Los Tres Brazos, la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, anuló la sentencia que declaró la extinción de la acción penal del sonado caso.

La Corte de Apelación presidida por el juez Daniel Nolasco, e integrada por July Tamariz y Mariana Daneira García, tomó la decisión de declarar la extinción de la acción penal, tras acoger un recurso de apelación presentado por los afectados y los fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

 

Asimismo, el tribunal devolvió el expediente al Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, para que proceda con la continuación del juicio de fondo del caso de la venta del sector Los Tres Brazos del municipio Santo Domingo Este, comenzando desde cero.

 

Igualmente, ordenó a la secretaria del tribunal la notificación de la decisión, a los acusados, el ex director de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar, a Manuel Joaquín Aybar Fernando, Irving Cruz, Carlos Aris Gómez Williams, Julio César Gómez Williams, Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, Lisetel González Sánchez, Juana Ynes Gómez Williams y proyecciones Inmobiliarias Gowi, Fernández Parache y asociados (INFEPA), soluciones Eléctricas Sidenet y Tekknowlogie Dominicana, igualmente víctima.

 

El tribunal decidió anular la decisión del 22 de abril, debido a que todos los sujetos procesales habían depositado recursos de casación

 

Apelación

Suprema Corte

Adolece de nulidad.

El tribunal considera que toda decisión emitida en contraposición de semejante noción marco adolece de nulidad absoluta, por lo que la acogió los recursos de apelación de oficio, por tratarse de un punto de derecho de rango sustantivo. La Suprema Corte conoció los recursos de casación interpuestos por varios de los implicados.

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