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Defensa Pública acatará fallo de Suprema que ordena dar asistencia legal a empresas privadas

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Rodolfo Valentín Santos, director de la entidad, afirmó que son un órgano constitucional con autonomía reforzada, garantes del debido proceso y defensores de los derechos fundamentales

La Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) acatará la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que le ordena designar abogados para brindar asistencia legal a empresas privadas cuyos propietarios ya eran defendidos por la institución.

Rodolfo Valentín Santos, director de la entidad, afirmó que son un órgano constitucional con autonomía reforzada, garantes del debido proceso y defensores de los derechos fundamentales y respetuosos de las leyes, normas y decisiones emitidas por los tribunales de la República

“Nosotros, por lo tanto, procuraremos dar cumplimiento a la decisión emitida por el más alto tribunal. ¡Se pueden ganar batallas, pero no la guerra!”, sentenció el jurista, tras ser consultado por el Listín Diario por la decisión que declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por la ONDP que buscaba revertir la orden del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

Valentín Santos señaló que el artículo 176 de la Constitución dominicana establece que el Servicio de Defensa Pública se ofrecerá “para las personas imputadas que, por cualquier causa, no estén asistidas por abogados y que la ley distingue claramente entre “personas jurídicas” (empresas) y “personas físicas”.

Dijo que hacía la acotación porque, en la decisión originaria, el Ministerio Público fundamentó su requerimiento alegando que ni la Constitución ni la ley distinguen entre personas físicas y jurídicas, lo cual constituye, a su juicio, una interpretación errada.

Como coordinador de las Defensorías Públicas del Caribe y miembro del Comité Ejecutivo de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), Valentín Santos enfatizó que no tiene conocimiento de que exista en América Latina, ni en Estados Unidos, alguna defensoría pública que preste servicios legales gratuitos a empresas, comercios, organismos o industrias. En el caso de EE.UU., incluso se evalúa la capacidad de pago y, en ocasiones, se otorgan créditos.

Preocupaciones y Llamado al Ministerio Público

Valentín Santos expresó su preocupación por las implicaciones que podría tener la decisión de la Suprema, al temer una avalancha de solicitudes de asistencia legal por parte de empresas y organismos privados en materias “altamente complejas” como derecho societario, corporativo, civil, y temas vinculados a juntas o consejos empresariales. A esto se suma, según dijo, la falta de defensores especializados y un déficit aproximado de 250 defensores a nivel nacional.

“No nos cabe la menor duda de que el Ministerio Público celebra esta decisión favorable, pero con ese mismo interés e ímpetu con que procura asistencia legal para empresas privadas, debería también mostrar un compromiso firme con la representación de víctimas en materias como tierra, civil, laboral, administrativa, niñez y adolescencia, y defensa del consumidor”, enfatizó Valentín.

Posible Elevación al Tribunal Constitucional

Finalmente, el director de la Defensa Pública no descartó la posibilidad de elevar el tema al Tribunal Constitucional, al considerar que se trata de un asunto de “especial interés” que “desborda la interpretación restrictiva del artículo 176 de la Constitución”.

“Es importante reiterar que somos respetuosos de las decisiones de los tribunales, sin perjuicio de los recursos o acciones que podamos interponer contra una decisión que consideramos incorrecta”, concluyó Valentín Santos.

La Oficina Nacional de Defensa Pública es reconocida como la entidad de abogados más grande del país, que brinda asistencia legal gratuita con profesionales de alta calidad y compromiso con la justicia social.

Detalles de la Controversia y Argumentos Legales

La controversia surgió de una instrucción emitida por Valentín Santos el 22 de septiembre de 2021, la cual prohibía “tajantemente” a coordinadores y defensores públicos brindar representación legal a organizaciones como compañías, comercios e instituciones públicas o privadas. Además, esa instrucción impedía “recibir casos para realizar amparos en favor de devolución de objetos, muebles e inmuebles a personas que NO (sic.) estén procesados por algún delito o crimen”, advirtiendo incluso sobre posibles sanciones a quienes desobedecieran. En esencia, la ONDP instruía a sus defensores a representar “única y exclusivamente” a personas físicas.

El Primer Tribunal Colegiado acogió los argumentos de la PEPCA y declaró ambas disposiciones de la ONDP como inconstitucionales, al considerarlas contrarias a la Constitución dominicana. El tribunal ordenó a la ONDP designar, sin demora, un defensor público para asistir en su defensa técnica a las entidades jurídicas imputadas RG&S Soluciones Financieras. S. R. L. y Único Real State e Inversiones. S.R. L., en el proceso penal seguido al mayor general Adán Cáceres y compartes. Además, impuso a la ONDP una astreinte de cinco mil pesos diarios por cada día de incumplimiento.

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