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Diputados convierten en ley modificación al CNM y elección del Procurador

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Dentro de las funciones del CNM se encuentra designar los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), del TC y sus suplentes

LCámara de Diputados convirtió en ley este martes un proyecto legislativo que tiene el objetivo de modificar la Ley Orgánica 138-11 del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), a través de la cual se altera la integración del pleno y el mecanismo de elección del procurador General de la República (PGR).

Esta iniciativa, propuesta por el presidente del Senado de la República, Ricardo de los Santos; y el senador Omar Fernández, es una respuesta al dictamen colocado el pasado 27 de octubre en el artículo 171 de la Constitución dominicana, luego de ser promulgada por el Poder Ejecutivo la cuadragésima modificación.

¿Quiénes integrarán el CNM?

Tal y como el presidente Luis Abinader recomendó en su proyecto que declaró “la necesidad” de una reforma constitucional, esta pieza legislativa varió la ley para adicionar al presidente del Tribunal Constitucional (TC) a la lista de integrantes del CNM.

Este órgano constitucional está conformado, además, por el presidente de la República, quien lo encabeza; el presidente del Senado; un senador del bloque político opositor; el presidente de la Cámara de Diputados; un diputado de bancada no oficialista y un magistrado de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Dentro de las funciones del CNM se encuentra designar los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), del TC y sus suplentes. Al igual que elegir al titular de la PGR y la mitad de los procuradores adjuntos, a propuesta de jefe del Estado.

Abstención

La alteración al artículo 16 ordena que “en todos los casos”, en los cuales un miembro del CNM aspire o acepte su postulación como juez o procurador general deberá abstenerse de participar en la elección de este puesto.

“Tampoco podrá participar en la elección de un candidato a juez o al cargo de Procurador General de la República o uno de sus procuradores adjuntos, cuando le unan vínculos sanguíneos o de afinidad hasta el cuarto grado inclusive”, indica el párrafo de este apartado.

Procurador

Esta pieza indica con claridad que el gobernante será quien deba presentar en modo de propuesta al ciudadano que dirigirá la PGR. Sin embargo, precisa que, aun siendo aprobado en ambas cámaras del Congreso Nacional, el CNM deberá desarrollar un reglamento para determinar cuál será el mecanismo que utilizará el primer mandatario.

La etapa de selección pasará por un proceso de entrevistas en el que participarán los 8 integrantes del órgano y deberá realizarse durante los primeros 100 días de promulgada la Carta Magna, que culminan a finales de enero del 2025.

El abogado electo deberá ser favorecido con al menos cinco votos del pleno.

El Consejo Nacional de la Magistratura designará al Procurador General de la República y la mitad de los procuradores adjuntos por un periodo de dos años.

Este plazo tendrá un carácter de inamovilidad, a excepción de que decidan rectificar al ciudadano en el puesto.

Importancia del reglamento

El CNM deberá en un plazo “máximo” de 30 días adecuar el reglamento de aplicación del marco legal de esta entidad independiente del tren gubernamental, según establece la pieza legislativa.

Posible salida de Miriam Germán

Abinader reveló el pasado 12 de agosto que le pediría a la procuradora general, Miriam Germán Brito, que continué en el cargo, hasta tanto se den las modificaciones a la Constitución que pretende el mandatario.

A lo que Brito respondió días después aceptando la solicitud anunciada por el presidente Abinader.

No obstante, no adelantó si optaría nuevamente por ocupar la posición, ni tampoco el gobernante ha anunciado a quien presentará ante el CNM.

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