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Empleadores deben presentar su Planilla del Personal Fijo antes del 15 de enero de 2025

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El Ministerio de Trabajo recordó este jueves a todos los empleadores presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT) la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince días de enero de 2025.

A través de una nota de prensa, recalcó que las Planillas del Personal Fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la Dirección General de Trabajo hasta la fecha indicada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo.

En lo referente a la renovación, señaló que es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar con el registró en el Sistema Integrado de Registros Laborales (Sirla).

Dijo que también se requiere que el documento sea registrado a través de la oficina virtual en dirección electrónica: ovi.mt.gob.do para proceder a registrar a sus trabajadores, en el establecimiento en que estén prestando servicios.

La institución indicó que, una vez estén seguros de que las informaciones contenidas en la Planilla están correctas, deberán realizar el pago correspondiente.

Informó que, para los registros de nuevas empresas o empleadores, se debe seguir el procedimiento en la oficina virtual ovi.mt.gob.do y presionar la opción de nueva empresa para crear el usuario.

Una vez creado el usuario y siguiendo los pasos del sistema, se completarán los datos de la empresa y el establecimiento.

Tan pronto se haya finalizado el registró de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará el monto a pagar.

Para los pagos, tanto de las renovaciones de la Planilla como para los registros de nuevas empresas o empleadores, hay dos opciones: mediante una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito, así como también adquirir un PIN en una de las Representaciones Locales de Trabajo (RLT) y completar el registró.

“Transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero, si el empleador no ha cumplido con este mandato legal, será susceptible de las sanciones del tipo penal laboral contempladas en el Código de Trabajo”, detalló la entidad.

Agregó que para mayor información, la persona interesada puede comunicarse con el Ministerio de Trabajo al correo electrónico [email protected] o llamar al teléfono 809-535-4404 opción 1 o las extensiones 3005 y 3016.

 

 

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