Gobierno aumentará un 30% al salario base de los médicos y un incentivo por antigüedad en el servicio
Waldo Ariel Suero define acuerdo de histórico y califica al presidente y la vicepresidenta como dos grandes demócratas
Santo Domingo.- En un acto donde Waldo Ariel Suero, elogió al presidente Luis Abinader y a la vicepresidenta Raquel Peña, definiéndolos como dos grandes demócratas, el gobierno y el Colegio Médico Dominicano (CMD) firmaron un acuerdo definido de histórico por el presidente del gremio. El acuerdo establece que el gobierno aumentará un 30% al salario base de los médicos, más el incentivo por antigüedad en el servicio, a partir del 1 de junio de 2021. La disposición consta en el acuerdo firmado este lunes entre la vicepresidenta de la República y coordinadora del Gabinete de Salud, Raquel Peña, y el presidente del Colegio Médico Dominicano (CMD), Waldo Ariel Suero, en un acto en el Palacio Nacional. En el acto de firma de acuerdo, el presidente Abinader reafirmó su firme compromiso de mejorar la calidad de la salud en el país, como uno de los principales legados de su gestión. “Desde que llegamos al Gobierno hemos tenido una conversación con el Colegio Médico Dominicano y ha habido una colaboración en relación con la pandemia y en relación con los problemas generales”, dijo el mandatario. Resaltó que con este acuerdo tanto el Gobierno como el Colegio Médico coinciden en que para tener buena calidad de salud, es necesario reivindicar el trabajo de los médicos y sus ingresos. “Esta es una petición del Colegio Médico, pero también está en la Ley 414-98, lo que ha pasado es que no se ha cumplido la ley en todos estos años. Y lo que está haciendo este gobierno, caminando hacia la institucionalidad y la transparencia, es cumplir la ley”, resaltó el presidente Abinader.
El aumento salarial corresponde a los médicos que laboran en el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud, los hospitales de autogestión, el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente y el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 Este aumento será aplicado indistintamente a los médicos que tengan uno o dos nombramientos en las instituciones citadas. También se destaca en el acuerdo las pensiones en favor de médicos, conforme corresponda. A partir del 1 de junio de 2021, serán aumentadas hasta RD$ 50,000.00 mensuales todas las pensiones de médicos que estén por debajo de este monto. Este acuerdo se produce en el marco del diálogo sostenido entre representantes del Gabinete de Salud y representantes del CMD durante tres meses, incluyendo dos encuentros con el presidente Abinader.En el acto participaron el ministro de Salud Pública, Plutarco Arias; y los directores del Servicio Nacional de Salud, Mario Lama; Presupuesto, José Rijo Presbot y de Jubilaciones y Pensiones del Estado, Juan Rosa. Waldo Ariel: Un acuerdo histórico De su lado, Waldo Ariel Suero, presidente del CMD, agradeció el esfuerzo del Gobierno, al Gabinete de Salud que dirige la vicepresidenta, frente a estas negociaciones para lograr este “acuerdo histórico”, en beneficio de la salud del pueblo dominicano. “Otro tema trascendental que tenemos que agradecer es el asunto de las pensiones. Tenemos una ley que tiene 22 años que quien la ha rescatado es el presidente Luis Abinader”, destacó el galeno.De igual forma, reiteró su confianza en que el Gobierno de Luis Abinader implemente y ponga en marcha esta ley. “El éxito de este acuerdo es que se implemente. Se han firmado otros acuerdos y se han quedado a nivel de acuerdo. Estoy cien por ciento seguro que el gobierno va a implementar el acuerdo”, afirmó.
Puntos del acuerdo
Se invitará a un representante del Colegio Médico Dominicano a participar en las reuniones del Gabinete de Salud durante el conocimiento de los puntos de la agenda relativos a la COVID-19.
2. El Gobierno continuará aplicando los incentivos que se encuentren vigentes en virtud de algún acuerdo celebrado por escrito con el Colegio Medico Dominicano.
3. El Gobierno aumentará en un 30% el salario base, más el incentivo por antigüedad en el servicio, de los médicos que laboran en el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud, los hospitales de autogestión, el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente y el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 a partir del 1 de junio de 2021. Este aumento será́ aplicado indistintamente a los médicos que tengan uno o dos nombramientos en las instituciones citadas anteriormente.
3.1. El referido aumento podrá́ efectuarse mediante disposición especial dictada al efecto o en el marco de la modificación general a la ley de salarios del sector publico que actualmente trabaja el Ministerio de Administración Publica.
4. El Gobierno aplicará lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley núm. 6097 de 1962, modificado por la Ley núm. 414-98, en virtud del cual los integrantes del cuerpo médico de hospitales están amparados de la siguiente manera:
A los 50 años de edad serán retirados automáticamente de los servicios de 24 horas de emergencia.
b) A los 65 años de edad su retiro es obligatorio, aunque pueden solicitarlo desde los 60 años de edad o por razones de grave enfermedad.
c) Sus pensiones serán pagadas mensualmente por una suma equivalente al último sueldo completo devengado, incluyendo los incentivos por antigüedad, distancia, docencia y de médicos familiares de atención primaria.
d) Tras su retiro, pueden ser nombrados honoríficamente en la institución pública donde hayan prestado servicios.
4.1. Adicionalmente, en virtud de lo dispuesto por la Ley núm. 379 de 1981 que establece un nuevo régimen de jubilaciones y pensiones, los integrantes del cuerpo médico de hospitales están sujetos a los siguientes requisitos:
a) En el caso de la pensión por antigüedad, haber prestado servicios por un mínimo de 20 años.
b) En el caso de la pensión por razones de grave enfermedad, haber prestado servicios por un mínimo de 5 años.
4.2. Lo acordado en los puntos 4 y 4.1 del presente acuerdo comenzará a aplicarse a partir de enero de 2021, una vez se hayan completado los trámites administrativos correspondientes a cada pensión.
4.3. En virtud de lo dispuesto por el artículo 43, párrafo I, de la Ley núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, conservarán todos los derechos adquiridos aquellos médicos que tengan derecho a disfrutar de dos o más pensiones, siempre que sean el resultado de cotizaciones a igual número de planes contributivos.
4.4. El médico beneficiario que hubiese cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto en la Ley núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social deberá́ agotar el proceso de traspaso al Sistema de Reparto de conformidad con lo dispuesto a los efectos por el Consejo Nacional de Seguridad Social y la Superintendencia de Pensiones.
4.5. A partir del 1 de junio de 2021, serán aumentadas hasta RD$ 50,000.00 mensuales todas las pensiones de médicos que estén por debajo de este monto.
5. El Gobierno procurará una revisión del Plan Especial de Salud para Pensionados y Jubilados, con la finalidad de mejorar su cobertura y disminuir la carga económica de estos médicos.
6. Independientemente de lo pactado en el presente acuerdo respecto a las pensiones de los médicos, el Gobierno procurará oportunamente una revisión general de la Ley núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
7. El Gobierno se compromete a designar sus representantes ante el Consejo Nacional de Recertificación de conformidad con lo dispuesto en el Decreto núm. 642-05 que aprueba el Reglamento de Recertificación de Médicos de la Ley núm. 68-03 que crea el Colegio Médico Dominicano.
7.1. El director ejecutivo del Consejo Nacional de Recertificación será seleccionado por este organismo mediante concurso de oposición de conformidad con lo dispuesto en el Decreto núm. 642-05 que aprueba el Reglamento de Recertificación de Médicos de la Ley núm. 68-03 que crea el Colegio Médico Dominicano.
8. Con el propósito de viabilizar alternativas que fortalezcan la Administradora de Riesgos de Salud del Colegio Médico Dominicano, se integrará una comisión compuesta por las siguientes personas:
a) El viceministro de planificación y desarrollo del Ministerio de Salud Pública.
b) El director ejecutivo del Seguro Nacional de Salud.
c) El director ejecutivo de la Administradora de Riesgos de Salud del Colegio
Médico Dominicano.
d) Un representante del Colegio Médico Dominicano.
9. Con el propósito de mejorar los planes sociales del Colegio Médico Dominicano, un representante del Gabinete de Salud y el director de planes sociales del Colegio Médico Dominicano procurarán formular una propuesta conjunta.
10. Para la culminación del proyecto habitacional Leocadio Peña, el director del Instituto Nacional de la Vivienda y el asesor médico de la Presidencia analizarán las necesidades económicas y la posibilidad de cobertura de estos gastos.
11. El Gobierno se compromete a continuar mejorando la inversión en la salud pública, incluyendo las iniciativas relativas a infraestructura hospitalaria, equipos y medicamentos.
12. Con el propósito de integrar nuevos médicos generales y de diferentes especialidades a la atención primaria del régimen subsidiado, los miembros del Gabinete de Salud presentarán una propuesta que el Gobierno evaluará para su implementación.
13. Los firmantes del presente acuerdo se comprometen a promover activamente la paz laboral en los distintos establecimientos a nivel local, regional y nacional y dirimir cualquier diferencia por vía del diálogo y la concertación, fomentando con estas medidas el respeto a los derechos de la ciudadanía y las operaciones regulares de los servicios.