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Indexar salarios bajaría recaudación y libraría del impuesto sobre la renta a sueldos altos, dice análisis

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Desde el 2017 no se indexan anualmente los salarios de los trabajadores en el país. Hacerlo, es decir, recalcular la retención del impuesto sobre la renta (ISR) de personas físicas basada en la inflación, no es factible para las finanzas públicas ya que bajarían las recaudaciones por este tributo y tendría un efecto regresivo, pues se exoneraría de dicho impuesto a una proporción del 20 % más rico de la economía.

Así lo concluye un análisis hecho por analistas de la Dirección de Estudios Económicos y Seguimiento Financiero de la Dirección General de Presupuesto (Digepres), compartido a Diario Libre. El estudio se hizo en noviembre de 2022, cuando aún no se había aprobado el incremento escalonado de 19 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado que entra el vigencia el próximo 1 de abril.

En el análisis se indica que, “si se busca favorecer a la población de menos ingresos y poder alcanzar una recaudación más alta, lo correcto es no indexar si la tasa de los salarios se mantiene baja o estática”.

La indexación salarial es el ajuste que se les hace a las tarifas del salario para compensar las pérdidas del valor del dinero que se ha tenido en un periodo determinado por la inflación. Está establecida en el Código Tributario Dominicano, pero este ajuste no se hace en los últimos años debido a que en la Ley de Presupuesto General del Estado está vigente un capítulo que establece la no indexación.

El impuesto sobre la renta es el que “grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado”. Para retenerlo hay cuatro escalas o tramos salariales: los exentos, que son los que tienen rentas de hasta 416,220 pesos al año; y a los que se les retiene 15 %, 20 % o 25 %, dependiendo de los montos de sus rentas, que son más elevadas.

Actualmente, el ISR a personas físicas se retiene al excedente de los salarios de 34,685 mensuales en adelante. Sin embargo, de acuerdo a cálculos de los analistas de la Digepres, debería ser a partir de los 43,407.3 pesos, si los salarios se indexan por la inflación.

“Cuando tú aumentas el salario exento tú disminuyes al que más tiene de pagar impuesto, es decir, tú favoreces al que está pagando impuesto por tener más ingreso”, dice a Diario Libre el director general de Presupuesto, José Rijo Presbot.

Indica que se ha llegado al punto de no indexación “porque en el año 2015 no se cumplió con la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo porque el presidente Danilo Medina prefirió buscar la reelección en lugar de hacer el pacto fiscal que ordenaba la Estrategia Nacional, que era el 1 de enero del 2015”.

“Si eso hubiese sucedido en el 2015, no estuviéramos hablando de esto ahora”, asegura.

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