JCE aclara que están permitidas las encuestas a boca de urna de firmas debidamente certificadas

Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE) informó este sábado que las encuestas a boca de urna, sobre los resultados de las elecciones pautadas a celebrarse mañana están permitidas.
“Las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuentras o sondeos de boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados”, expresa el comunicado emitido por órgano electoral.
Esta información está contenida en un comunicado enviado a Minutoaminuto.com.do por la Junta, dirigido a la ciudadanía, empresas encuestadoras, partidos agrupaciones y movimientos políticos.
NOTA ACLARATORIA SOBRE ENCUESTAS A BOCA DE URNA
La JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), en base a lo establecido en la Ley No. 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, en su artículo 216, párrafos II y III, referente a que las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuentras o sondeos de boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados.
De igual forma, expresa que las encuestas o sondeos de boca de urna deberán realizarse de manera tal que no violen ni vulneren el derecho y el deber, relativo al secreto del voto establecido en esta ley.
En base al principio de legalidad y a la facultad que otorga al Pleno el artículo 20, numeral 13 de la referida ley, que establece lo siguiente:
“Podrá modificar, por medio de disposiciones de carácter general, pero únicamente para una elección determinada, los plazos que establece esta ley para el cumplimiento de obligaciones o formalidades, o para el ejercicio de derechos, ya sea en el sentido de aumentar o en el de disminuir los plazos, cuando a su juicio, fuere necesario o conveniente para asegurar más eficientemente el ejercicio del derecho al sufragio”, comunica alos Partidos Políticos, así como a las firmas encuestadoras y a la sociedad en general, lo siguiente:
Este domingo 19 de mayo de 2024, no está permitida durante el desarrollo de la jornadaelectoral y hasta la emisión del boletín definitivo de los resultados electorales, la divulgación, publicación o difusión de encuestas a boca de urna o “exit poll”, en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales.
Las mismas son para el consumo interno de los Partidos Políticos y Candidatos (as).Se reitera que, en fecha 13 de mayo de 2024, el Pleno de la Junta Central Electoral dictó la Resolución No. 40-2024 que establece el protocolo para la emisión y divulgación de boletines electorales en las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales de 2024, en virtud de la cual este órgano electoral emitirá los resultados oficiales de las elecciones.
En Santo Domingo, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).
JUNTA CENTRAL ELECTORAL


