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Liga Municipal reconoce facultad de distritos municipales para establecer oficinas de planeamiento

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Se exhorta al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) a aplicar la disposición legal

LLiga Municipal Dominicana (LMD) emitió la resolución No. 02-2025, mediante la cual reconoce la potestad de los distritos municipales para establecer sus propias Oficinas de Planeamiento Urbano, en cumplimiento  con la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial y la Constitución dominicana.

El documento, firmado por el secretario general y presidente del Comité Ejecutivo de la LMD, Víctor D´Aza, fue aprobado el pasado 28 de marzo de 2025. En él, se exhorta al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones  (Mived)  a aplicar la disposición legal, particularmente en los distritos que superan los 15,000 habitantes.

En ese sentido, también se exhortó a contratar personal técnico calificado y reconoció la facultad de los consejos de regidores para establecer arbitrios relacionados al uso del suelo, mientras los distritos siguen dependiendo de las tasas del municipio matriz.

El artículo 24 de la ley 368-22 establece que los gobiernos locales con una población mayor a 15,000 habitantes, según el censo de 2010, pueden gestionar y autorizar el uso de suelo a través de estas Oficinas de Planeamiento Urbano, en coordinación con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD).

Sin embargo, persiste una limitación para que estos distritos establezcan tasas o arbitrios propios, debiendo aplicar provisionalmente los establecidos por el municipio al que pertenecen.

Pedro Richardson, director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (Fedodim), recordó que “llevamos tres años reclamando al MIVED el cumplimiento de la Ley 368-22, mientras su ministro continúa violando su artículo 24, que otorga a los gobiernos locales capacidad para autorizar el uso del suelo mediante estas oficinas”.

Distritos con más de 15,000 habitantes

Entre los distritos municipales que cumplen con el criterio de población para establecer estas oficinas se encuentran:

  • Santiago Oeste
  • San Francisco de Jacagua
  • Hato del Yaque en Santiago
  • San Luis en Santo Domingo Este
  • Doña Ana en Yaguate
  • Los Botados en Yamasá
  • La Guayiga en Pedro Brand, Pantoja y Palmarejo
  • Villa Linda en Los Alcarrizos
  • La Caleta en Boca Chica
  • La Victoria en Santo Domingo Norte
  • La Otra Banda y Verón Punta Cana en Higüey
  • Hato Dama y Hatillo en San Cristóbal
  • Quita Sueño y El Carril en Haina
  • Villa Central en Barahona
  • Juma Bejucal en Bonao
  • Río Verde Arriba en La Vega
  • Tireo en Constanza
  • Las Lagunas en Moca
  • Veragua en Gaspar Hernández
  • Las Gordas en Nagua
  • Maimón en Puerto Plata

Seguimiento técnico

En tanto que la resolución 02-2025 del Comité Ejecutivo de la Liga Municipal integrado por un alcalde de cada una de las 31 provincias y el DN, así como el presidente de Fedodim, solicitó a su secretario general gestionar ante el Congreso la elevación de estos distritos a la categoría de municipio, y a su Dirección de Planeamiento Urbano dar seguimiento técnico, presentando informes trimestrales sobre el avance de estas oficinas.

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