Ministro de Hacienda dice que no recibirá dietas de los órganos colegiados de los que forma parte
Los funcionarios públicos no deben de ser remunerados adicionalmente por su función de representación en esos órganos
Vicente explicó que su decisión se sustenta en que el artículo 27 de la Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano prohíbe a los funcionarios públicos recibir pagos de cualquier índole por el desempeño las funciones de representación en diversos consejos de administración u órganos similares.
Agregó que el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, No. 247-12 establece que los funcionarios públicos en órganos colegiados de dirección no deben de ser remunerados adicionalmente por su función de representación en dichos órganos.
El ministro explicó que el concepto de dieta está asociado a los gastos que se producen en casos de desplazamiento por motivo de trabajo, como los asociados al transporte, comida o alojamiento, y que puede ser utilizado para incrementar sustancialmente, por encima de lo que realmente debe ser una retribución por dieta, la compensación de los funcionarios públicos que participan en ciertos órganos colegiados.
“Entiendo que es necesario hacer una revisión profunda a la ley 105-13 pues la misma, en algunos casos, se convierte en una traba para atraer y retener recursos humanos con las competencias requeridas por ciertas posiciones en la administración pública”, planteó.
Mientras se debate la parte legal o ética de percibir dietas por montos significativos, he decidido no aceptar ninguna compensación por este concepto proveniente de consejos en donde el Ministro de Hacienda forma parte de sus integrantes. 9/9
— Jochi Vicente (@jochivicente) August 27, 2020