Opinión

República Dominicana y la Declaración de Paz y Cese de Guerras

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Por ROMMEL SANTOS DIAZ

La  Declaración  de Paz y Cese de Guerras  constituye el documento por excelencia para la República Dominicana como Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos y también signatario de la Carta Democrática Interamericana , inspirarse  en la promoción de una cultura de paz a través de los programas  de la educación básica  y superior para generar conciencia ciudadana temprana acerca de la importancia  de practica la paz en nuestras relaciones cotidianas.

Las condiciones están dadas para que la República Dominicana,¨ Estado Social y Democrático y de  Derecho , organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana , lis derechos fundamentales, el trabajo , la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos¨ adopte la Declaración de Paz y Cese de de Guerras  para dar respuestas  a la actual situación de conflictos en varias partes del mundo.

La Carta Democrática Interamericana, de la cual  la República Dominicana es signataria, como señalamos anteriormente, en su artículo 1 afirma que ¨los pueblos de América tienen el derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla¨. Y que ¨La democracia es  esencial  para el desarrollo social, político  y económico de los pueblos de las Américas¨. Y que, de conformidad con ese  mandato   los Estados de América deben reconocer que la democracia es un elemento fundamental para establecer una Cultura de Paz  entre los pueblos y sus ciudadanos.

Cabe destacar que para la Organización de los Estados Americanos es una cuestión esencial el fortalecimiento de la paz  y la seguridad en la región , la prevención de conflictos y la solución pacífica  de controversias , según  lo establecido en su Carta , lo cual obliga a sus Estados  miembros  a  adoptar políticas públicas en materia de paz y seguridad  para proteger los derechos humanos de sus ciudadanos.

La República Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional, abierto a la cooperación y apegado  a las normas del derecho internacional, según lo establece la constitución dominicana, y en tal sentido  concuerda perfectamente  con los principios fundamentales de la Declaración de Paz y Cese de Guerras  en el actual contexto  de celebración  de  cumbres  multilaterales  por la paz y la democracia promovida por los Estados Unidos de América.

La República Dominicana sobre la base de su  constitución y  la Declaración de Paz y Cese de Guerras  debe  tomar parte  en el debate global  sobre las armas  de destrucción  masiva , armas capaces de causar sufrimiento general  e innecesario, y armas incompatibles con el derecho internacional humanitario. En ese orden República Dominicana como parte de la iniciativa de Alianza para el Desarrollo en Democracia  deberá jugar un  papel activo  en  la lucha por la reducción de los excesivos ejércitos bases militares  en América Latina y  el Caribe.

La Resolución 2625 (XXV),  de la Asamblea General de las Naciones Unidas  y la Declaración de Paz y Cese de Guerras son  dos guías  adecuadas para la República Dominicana fomentar relaciones  amistosas basada  en el respeto hacia el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos y tomar medidas apropiadas para fortalecer la paz universal.

Así  como el artículo 9 de la  Constitución de la República Dominicana estipula que el territorio de la República Dominicana es inalienable, la República Dominicana condena la ocupación ilegal  de un territorio  como consecuencia de la amenaza o el uso de la fuerza de manera contraria  al derecho internacional.

La República Dominicana deberá legislar para  criminalizar en su legislación interna, la planificación, preparación, inicio o ejecución un acto de agresión por parte de alguna persona en posición efectiva para ejercer el control o dirigir la acción política o militar un Estado, lo cual por su  carácter, gravedad y escala constituye una violación manifiesta del derecho internacional, lo que equivale a un crimen de agresión.

La Declaración de Paz y Cese de Guerras  señala  atinadamente, que los países, en nuestro caso la República Dominicana, debe reconocer la obligación de resolver las disputas internacionales a través de métodos pacíficos, incluyendo la referencia a la Corte Internacional de Justicia , otros órganos judiciales, acuerdos regionales judiciales, o por medio de arbitraje, mediación, conciliación u otras formas alternativas para la resolución de disputas, de tal manera que la paz y la seguridad internacional  no sean amenazadas. En ese sentido la República Dominicana deberá llevar a cabo cualquier sentencia o decisión tomada por un órgano judicial con buena fe.

Finalmente, la República Dominicana en el marco de su constitución  y de la Declaración de Paz y Cese de Guerras podrá tomar cuantas medidas considere pertinentes en el ejercicio de su derecho de defensa propia, siempre reportadas al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de ninguna forma afectar la autoridad y la responsabilidad  de Consejo de Seguridad  bajo la Carta de las Naciones Unidas para mantener la paz y la seguridad internacionales.

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