Por Luis Holguín-Veras Martínez*
El CNSS acaba de ser convocado en el día de hoy para que mañana día 14 de junio, realizar su Sesión Extraordinaria No. 545, con un tema único, que según la convocatoria es el Informe de la Comisión Permanente de Pensiones (CCP), que en virtud de la Resolución No. 466-06, de fecha 14 de marzo del 2019, fue apoderada de la solicitud presentada por el Colegio Dominicano de Contadores Públicos, Inc., en fecha 1ro. de marzo del 2019, sobre la devolución de aportes a personas que no califican para una pensión por vejez, debido a que no contaban con la edad de 45 años al inicio del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia, que actualmente no están laborando y tienen más de 60 años de edad.
Nos sorprende que este tema se haya retomado, despertándolo del sueño o letargo, en franco olvido, nueva forma de objetar o vetar temas que no son del agrado de los negocios en la Seguridad Social que tienen la capacidad de trazar con mucha facilidad el curso de las actuaciones y decisiones de los órganos de la Seguridad Social, llegando al punto de violar hasta sus propios reglamentos y normativas.
Las reuniones del CNSS, según establece su Reglamento deben ser convocadas con un mínimo de cinco días de antelación, sin embargo, esta olímpicamente ha sido convocada de un día para otro y con un tema que aunque importante, ha sido ignorado totalmente en el pasado.
Los servidores públicos nos preguntamos:
¿Por qué tanta prisa en tratar este tema que es de interés de los afiliados, cuando antes no había llamado la atención del honorable CNSS?
¿Por qué la prisa con la que ahora parecen querer tratar con celeridad este tema?
Será que quieren usar este tema como una medida “corta fuego”, es decir, como una medida que aparente que se está cediendo a las demandas de las personas afiliadas, pero sin embargo, es una medida con la que “pierden algo”, no como un reconocimiento del derecho de los Afiliados, sino como una pérdida controlada que busca frenar las demandas que cada día se suman en contra del fracasado Sistema de Pensiones basado en la Capitalización Individual, el cual ya no sólo está siendo criticado por las personas afiliadas, sino que, hasta los organismos internacionales han llamado la atención del Gobierno Dominicano para que atienda el fracaso inminente que a todas luces, desean seguir ocultando.
Vemos con agrado que el CNSS por fin se disponga revisar el límite de los 45 años establecido arbitrariamente por la Ley 87-01 para el concepto del ingreso tardío, como si sólo quienes tuvieran más de 45 años al momento de iniciar el Sistema de Pensiones, eran las personas afiliadas que al cumplir los 60 años de edad no tenían la posibilidad de haber acumulado las 360 cotizaciones requeridas para lograr una pensión de este sistema.
Los legisladores y sus asesores, decidieron excluir a más de un millón de afiliados que al afiliarse tenían entre 31 y 44 años de edad y que al llegar a los 60 años les es imposible haber acumulado las requeridas cotizaciones, pero a quienes al ser excluidos del ingreso tardío, se les niega la posibilidad de que se les devuelva, en un solo pago, la totalidad acumulada en su Fondo Personal del Afiliado y quienes son servidores públicos y están amparados por la Ley 379-81, se les pretende negar el derecho a permanecer en el sistema de reparto, tal y como lo reconoce la Ley 87-01, en sus artículos 35, 38 y 39.
Que bueno que el CNSS ha decidido, como dice la convocatoria a esta reunión de mañana, asumir un carácter resolutivo en temas de interés de las personas afiliadas.
Reiteramos nuestra esperanza de que no sea una medida de manipulación como hacen los Bomberos al enfrentar fuegos forestales, que se adelantan a la dirección en la que se propaga el fuego y queman una franja para destruir las fuentes mediante las cuales se propaga el incendio y aunque se quema la vegetación de esa franja, se evita la propagación del fuego que sigue avanzando.
Ojalá, que no quieran decidir una medida ridícula e infuncional que sólo beneficie a unos pocos, queriendo dar la impresión de que están avanzando en el reconocimiento de los derechos, pues el resultado, podría ser inverso al logrado, convirtiendo esta medida en un combustible que produzca mas indignación en las personas afiliadas, induciendo a que más personas se sumen a los reclamos y el fuego se vea incrementado, y tome otros cursos que le favorezcan.
Las autoridades deben prestar atención a los reclamos de la población y asumir su responsabilidad como parte del Estado, a quien la Constitución responsabiliza del cumplimiento y garantía de los derechos fundamentales. Aunque ellos lo aparentemente, olvidan que la Seguridad Social y la Salud son derechos fundamentales, lo son, y su responsabilidad como funcionarios del Gobierno es garantizarlos, en vez de negarlos e ignorarlos.
Ojalá que el CNSS asuma con la misma celeridad la solicitud presentada por la DIDA y por otras organizaciones, aunque al parecer, sus reclamos son ignorados, de que el CNSS emita una Resolución reconociendo el derecho de los servidores públicos, amparados por la Ley 379-81, sin importar la edad, a permanecer en el sistema de reparto, tal y como lo disponen los artículos 35, 38 y 39 de la Ley 87-01. Ojalá que el CNSS asuma con responsabilidad el reconocer lo que ya reconoció en dos Resoluciones, así como lo hizo también la SIPEN en dos Resoluciones emitidas, de que el proceso de afiliación se realizó con desinformación, desorientación y traspasos automáticos, lo que es un franco reconocimiento de que en el proceso de afiliación se incumplió el debido proceso que manda la Constitución para todos los procesos administrativos.
Así mismo, esperamos que con la misma celeridad con la que el CNSS ha sido convocado para este punto único, éste importante órgano del Sistema Dominicano de la Seguridad Social asuma con responsabilidad el análisis, estudio y tome las Resoluciones que debe tomar, como señala el numeral 4 del Artículo 74 de la Constitución, al ordenar que las autoridades, cuando existan conflictos entre varias legislaciones con relación a derechos fundamentales (como lo son la Seguridad Social y la Salud Integral), deben escoger y aplicar, la que más favorezca al titular del derecho.
Las personas afiliadas, los servidores públicos no estamos pidiendo migajas, de un sistema fracasado que por todos los medios quiere perpetuarse para seguir enriqueciéndose del dinero que debe asegurar los derechos de la población. Lo que reclamamos son nuestros derechos y si tenemos que pelearlos los vamos a pelear.
Es cierto que las personas afiliadas estuvimos engañados y distraídos en estos 21 años que han transcurrido. No lo hicimos por ser tontos, lo hicimos por ser ingenuos, al creer en los legisladores, las autoridades y los empresarios que se integraron disfrazados de altruismo, a prometer grandes beneficios, mientras se propiciaban normativas y disposiciones complacientes que les favorecían en perjuicio de la población afiliada y lo que es peor, negándoles el derecho de protección a todas las personas que aún hoy, no han dejado que se afilien.
El CNSS se reúne este martes y las personas afiliadas vamos a esperar atentos sus Resoluciones para que quede claro cuál es el rumbo de las autoridades de la seguridad social y poder definir en dónde han puesto sus oídos y sus intenciones. Esperamos que sorprendan a la población con decisiones justas que reconozcan los derechos que han estado negando y que la población afiliada reclama.
*Psicólogo, Consultor en Gestión de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional. Activista Social