Superintendencia de Bancos dispone lineamientos para proteger a usuarios del mercado fiduciario
La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las sociedades comerciales que ofrecen servicios fiduciarios deben procurar que las partes involucradas en un fideicomiso posean toda la información relevante respecto a esta figura, con el fin de que tomen decisiones a partir del conocimiento apropiado.
Así lo plantea la Circular SB: GSB-REG-202500005, dirigida a las fiduciarias que pertenecen a entidades de intermediación financiera (EIF), las que prestan servicios a la banca y a las entidades financieras que ofrecen servicios fiduciarios. Estas son personas jurídicas que están bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos.
“Las fiduciarias deberán disponer y poner en posesión de sus clientes los documentos e informaciones que estos requieren para la realización de una labor efectiva de divulgación y promoción de manera previa, durante y posterior a la consecución del objeto de sus fideicomisos”, de acuerdo con la circular emitida por la SB.
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