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Superintendencia de Bancos dispone lineamientos para proteger a usuarios del mercado fiduciario

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La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las sociedades comerciales que ofrecen servicios fiduciarios deben procurar que las partes involucradas en un fideicomiso posean toda la información relevante respecto a esta figura, con el fin de que tomen decisiones a partir del conocimiento apropiado.

Así lo plantea la Circular SB: GSB-REG-202500005, dirigida a las fiduciarias que pertenecen a entidades de intermediación financiera (EIF), las que prestan servicios a la banca y a las entidades financieras que ofrecen servicios fiduciarios. Estas son personas jurídicas que están bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos.

“Las fiduciarias deberán disponer y poner en posesión de sus clientes los documentos e informaciones que estos requieren para la realización de una labor efectiva de divulgación y promoción de manera previa, durante y posterior a la consecución del objeto de sus fideicomisos”, de acuerdo con la circular emitida por la SB.

 

 

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