Opinión

UN NUEVO VIA CRUCIS PARA LOS PROFESIONALES

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Por Neris Nelio Abreu Comas, M.A.

No se conoce cuándo, quiénes, por cuáles razones o mediante cuáles actos administrativos, dispusieron que los profesionales de todas las carreras y en la mayoría de las Instituciones de Educación Superior, Ciencia y Tecnología del país, a la hora de graduarse, realizar postgrado o hacer legalizaciones de documentos para fines de exequatur, necesitan validar sus documentos académicos del bachillerato ya expedidos, por ejemplo la certificación de 8vo, diploma del bachillerato o record de notas.

La disposición de exigir documentos actualizados del bachillerato, que están en poder de las Instituciones de Educación Superior, no solo viola el principio de continuidad del Estado, los derechos adquiridos, la seguridad jurídica, la irretroactividad de las leyes, entre otros actos jurídicos, sino también la Ley 107-13, de Procedimientos Administrativos y de los Derechos de las Personas con respecto a la Administración.

No conocemos si está publicado o establecido en alguna normativa, la disposición del Estado, la nulidad o prescripción de la eficacia legal de documentos públicos, como la certificación del bachillerato, expedido por el Ministerio de Educación, lo cual va en perjuicio de cientos de miles de ciudadanos que se enteran de esa situación cuando requieren legalizar su expediente académico para fines de graduarse o uso vinculado al nivel superior.

El vía crucis se inicia cuando las Instituciones de Educación Superior, con el objeto de sanear los expedientes académicos de sus finalistas o egresados, dispusieron o le impusieron una absurda decisión, consistente en exigir que previo a la graduación de un estudiante, tengan estos obligación de probar la eficacia del diploma del bachillerato, otorgados largo tiempo atrás, por los que los usuarios del sistema se ven compelidos a acudir al Ministerio de Educación (MINERD), a solicitar u obtener la certificación actualizada del bachillerato y ahí se agrava el calvario.

Para ejecutar el proceso en el MINERD, sin importar cuando se terminó el bachillerato, lo primero que se le exige al usuario es acudir a la Junta Central Electoral a obtener un acta de nacimiento actualizada y legalizada, para poder iniciar las gestiones en la sede central del MINERD, donde puede tener un éxito relativo o un peregrinaje interminable.

Esa situación provoca que un elevado por ciento de estudiantes finalistas, tienen que deambular hacia la Universidad, Junta Central Electoral, MINERD, Liceo, Escuela Básica, profesor de alguna asignatura, Distrito Educativo y muchas veces al interior del país, para probar que el documento con el cual se matriculó en el Sistema Superior es válido, el cual en la mayoría de los casos fue expedido 5, 10, 20 años atrás.

La situación es recurrente, es fácil de ver y comprobar en el MINERD o JCE, donde acuden finalistas o profesionales, a realizar gestiones que los llevan desde el Ministerio de Educación, hasta una Escuela de Básica, gestionando validar sus documentos académicos, para demostrar la aprobación de las Pruebas Nacionales o haber realizado el bachillerato, encontrando que en los centros educativos, por sus debilidades y precariedades, ubicar los archivos, registros, profesores, secretaria, personal apropiado, el Director del centro educativo o alguien competente, resulta difícil.

La situación se podría mejorar o superar, si el Ministerio de Educación disponer el escaneo, digitación o digitalización de todos los documentos académicos a nivel nacional, como manda la Ley 481-08, sobre Archivo o la Ley 107-13, de Procedimiento Administrativo, y dejar de transferir la responsabilidades administrativas del Estado a los ciudadanos, lo cual provoca irritaciones y perjuicios incuantificables, a la hora de recuperar o validar documentos académicos, que en principio se benefician de la legalidad y continuidad del Estado.

Todo lo anterior indica que la eficacia de los documentos públicos, como son títulos, certificaciones y diplomas académicos, otorgados en su oportunidad por autoridades competentes del Ministerio de Educación han sido desconocida, afectando los derechos adquiridos de los ciudadanos o finalistas del nivel superior, debido a que se requiere una nueva certificación con efectos retroactivos, lo cual es violatorio de la Constitución.

La situación se complica aún más, porque en el MINERD existen dos archivos para otorgar las certificaciones que se le exigen a los usuarios, consistente en un archivo para quienes realizaron el bachillerato antes del 1992 y quienes lo realizaron después de esa fecha, siendo el vía crucis es el mismo, pues si los documentos no fueron digitados, digitalizados, escaneados, no se le asignó el Registro Nacional de Estudiantes (RNE) o enviados por las Escuelas, Liceos o Distritos Educativos, a la sede central a usted le corresponde en el menor de los casos, meses para probar que sus documentos del bachillerato son válidos, para graduarse o continuar estudios superiores.

La actual situación y decisión afecta a miles de estudiantes o usuarios, debido a que no es del conocimiento público y solo los padece quien recibe el mandato de actualizar la certificación del bachillerato, para graduarse, obtener exequatur o continuar estudios superiores.

Esta situación requiere la adopción de decisiones consensuadas, entre los Ministerios de Educación Superior, Ministerio de Educación, las Instituciones de Educación Superior y la Junta Central Electoral, creando una normativa o respetar la validez de los documentos académicos no controvertidos, la seguridad jurídica y sobre todo hacerle la vida más fácil a los usuarios de las instituciones involucradas, como lo manda la Ley 107-13.

Neris Nelio Abreu Comas, M.A.
Magister en Estudios Internacionales y Master en Derecho Constitucional y Gestión Pública, 11 de junio 2019

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