Por: J. Luis Rojas
En términos prácticos, un sistema es un conjunto de elementos o componentes que interactúan de manera integral, con el propósito deliberado de lograr determinados objetivos comunes. En este ámbito, los sistemas se estructuran y operan a partir de procesos, normas y procedimientos. Todos los sistemas, sin importar su naturaleza y modalidad, para alcanzar sus objetivos sustanciales requieren de diferentes tipos de insumos, los cuales son procesados y transformados en productos o servicios. Como se observa, el concepto de sistema alude a integración, eficacia, eficiencia y a satisfacción de necesidades.
Cuando se investigan y conocen a profundidad los principios que rigen la Teoría General de Sistemas, se concluye, entre otras hipótesis, que en República Dominicana se denomina sistema a cualquier mojiganga. Por ejemplo, según la Ley 87-01 existe el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), el cual tiene como objetivo: “Regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales”.
En el contexto de la teoría, el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen. El órgano rector de dicho sistema es el Consejo Nacional de Seguridad Social, compuesto por 17 miembros titulares con un suplente cada uno, provenientes de los siguientes sectores: gobierno, empleador, laboral, Colegio Médico, profesionales y técnicos de la salud, trabajadores de microempresas, desempleados, discapacitados e indigentes y gremios de enfermerías. En la práctica, lo menos que hacen estos componentes es decidir y actuar para concretar el objetivo de la seguridad social dominicana.
A juzgar por los hechos y resultados, el Sistema Dominicano de Seguridad Social actual, opera al margen de los principios básicos de la Teoría General de Sistemas, ya que no hay sinergia entre los subsistemas que integran dicho sistema. La integración, el trabajo colaborativo y el compartir una misma misión y visión, son factores elementales para mantener cohesionadas y enfocadas a cada una de las partes que conforman el todo. Sin propósitos e intereses comunes entre los entes que interactúa alrededor de una determinada estructura, proyecto o causa, los sistemas no alcanzan su tarea clave: transformar insumos en productos o servicios para satisfacer necesidades. La burocracia inservible y los conflictos de intereses atrofian el buen desempeño de los sistemas.
Lo que está a la vista, no necesita anteojos. Las entidades que integran el SDSS tienen características parecidas a la de un archipiélago. Además, no existe comunicación efectiva entre ellas: Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Superintendencia de Pensiones (SIPEN), Tesorería de la Seguridad Social (TSS), Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS), entre otras.
Hablando de sistema, recientemente la Superintendencia de Pensiones y el Banco Mundial anunciaron que firmaron un acuerdo de cooperación técnica para fomentar la investigación en temas relacionados al Sistema Dominicano de Pensiones, con la finalidad de generar posibles políticas públicas que mejoren y profundicen su entendimiento en las áreas que le competen. En este orden, el señor Francisco A. Torres, Superintendente de Pensiones, informó que a partir de ahora el Sistema Dominicano de Pensiones formará parte de una agenda de investigación más globalizada, en la que se profundizarán los temas de rotación laboral, equidad de género, densidad de cotización y los determinantes de la decisión de aportes.
“Por sus frutos los conoceréis” (Mateo 7:16). Bien harían los pensionistas dominicanos en rogarles al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo, para que las intenciones e iniciativas del Superintendente de Pensiones y del Banco Mundial, sean útiles y favorables a los intereses de los afiliados, debido a que el señor Francisco A. Torres, por lo general, siempre ha jugado en el equipo de la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP).
Ojalá que, con la firma del referido acuerdo de cooperación técnica, el Sistema Dominicano de Pensiones, logre ser más eficaz, eficiente, humano, justo y digno. Solo en un sistema de pensiones como el dominicano, el cual ha sido hecho a imagen y semejanza de los intereses del sector financiero, es posible que una Resolución, la 572-07, aprobada el 6 de julio de 2023 por el órgano rector de la seguridad social, nueve meses después, se haya aplicado de manera parcial. Un sistema de pensiones centrado en el bienestar de las personas proporciona informaciones continuas, precisas y útiles a los pensionistas.
Habla muy mal de la forma en que opera y es gestionado el actual Sistema Dominicano de Pensiones, ya que nueve meses después de aprobarse la Resolución 572-07, con la que se reconoce el derecho de miles de servidores públicos a recibir una pensión del Estado dominicano, por estar amparados en las Leyes 379-81, 87-01, 41-08 y por disposiciones establecidas en la Constitución de la República, todavía el CNSS, la SIPEN, la DIDA, la DGJP, las AFP y la Empresa Procesadora de la Base de Datos (EPBD), no saben qué hacer y qué decir con respecto a las 1,790 solicitudes de traspasos, revisadas y aprobadas por la Comisión Interinstitucional Evaluadora, en los períodos noviembre-diciembre, 2023 y enero-febrero de 2024.
A los pensionistas dominicanos, les queda santiguar al Superintendente de Pensiones y a los representantes del Banco Mundial, para que apliquen mejoras significativas y sostenibles a al mal llamado sistema de pensiones, el cual facilita y legitima que el Poder Ejecutivo otorgue pensiones a diestra y siniestra, a quienes nunca han trabajado en el sector gubernamental, así como a instituciones autónomas y descentralizadas del Estado dominicano (Banco Central, Junta Central Electoral, UASD, Banreservas, INABIMA, Colegio Médico, Fuerzas Armadas y Policía Nacional, entre otras. En RD., muchas entidades públicas han creado distintos mecanismos para otorgar pensiones al margen de las disposiciones establecidas en el SDSS.
Sin ninguna duda, en República Dominicana existe un desorden mayúsculo con respecto a los asuntos previsionales. Un ejemplo fehaciente de ello consiste en la violación sistemática del principio UNIDAD de la seguridad social: “Las prestaciones de la Seguridad Social deberán coordinarse para constituir un todo coherente, en correspondencia con el nivel de desarrollo nacional”. Por la tranquilidad de los pensionistas dominicanos, la SIPEN y el Banco Mundial deberían actuar bien y rápido.
¿Será qué el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) desea que los miembros del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) vuelvan a las calles a reclamarle a la Comisión Interinstitucional Evaluadora, conformada por la DIDA, SIPEN, DGJP y la ADAFP, que continúen conociendo y aprobando las solicitudes de traspasos, así como exigirles a la SIPEN, a la EPBD y a las AFP, que agilicen los operativos de traspaso de fondos de CCI a Reparto?